Bloque 5 · Tema 10
Tema 10. Acceso al empleo público y provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad
10 preguntas para preparar Gestión de la Administración Civil del Estado (GACE). Las 5 primeras están resueltas y explicadas aquí mismo, con el artículo del que sale la respuesta.
Practicar este tema→001El artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que en las ofertas de empleo público se reservará un cupo de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad no inferior al:
A.Siete por ciento, del que al menos el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.Correcta
B.Diez por ciento, del que al menos el cinco por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.
C.Cinco por ciento, del que al menos el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.
D.Quince por ciento, del que al menos el cinco por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual.
La respuesta correcta es la A, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Esta norma fija un porcentaje mínimo de reserva para personas con discapacidad en las Ofertas de Empleo Público (OEP) con el objetivo de fomentar su integración en la Administración.
El precepto legal desglosa este cupo en dos tramos obligatorios: un porcentaje general y una reserva específica para la discapacidad intelectual. Literalmente, el artículo dispone que: «En las ofertas de empleo público se reservará un cupo no inferior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad».
Asimismo, el segundo párrafo del mismo apartado concreta la distribución de dicho porcentaje al señalar que: «La reserva del mínimo del siete por ciento se realizará de manera que, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo sea para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto de las plazas ofertadas lo sea para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad».
Por tanto, las opciones B, C y D son incorrectas al citar porcentajes (10%, 5% o 15%) que no se corresponden con la redacción vigente del TREBEP, el cual establece el 7% como umbral mínimo general y el 2% como reserva mínima específica para el turno de discapacidad intelectual.
- Real Decreto Legislativo 5/2015 (TREBEP), artículo 59.1.
002Según el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, tanto como personal funcionario como laboral, se inspirará en:
A.Los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.Correcta
B.Los principios de descentralización, no discriminación e igualdad.
C.Los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y proporcionalidad.
D.Los principios de neutralidad, accesibilidad y seguridad.
La opción A es la correcta de acuerdo con lo establecido en el artículo 113.1 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.
La norma define con claridad los pilares que deben regir el ingreso de este colectivo en las Administraciones Públicas, señalando textualmente que:
«El acceso de las personas con discapacidad al empleo público, tanto como personal funcionario como laboral, se inspirará en los principios de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal.»
Las demás opciones son incorrectas porque incorporan conceptos como la descentralización, la proporcionalidad, la neutralidad o la seguridad, los cuales no están previstos como principios inspiradores del acceso al empleo público de las personas con discapacidad en el citado precepto legal.
- Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, artículo 113.1.
003De acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las personas que ingresen en cuerpos o escalas de funcionarios o categorías de personal laboral de la Administración General del Estado y hayan sido admitidos en la convocatoria ordinaria con plazas reservadas para personas con discapacidad:
A.No podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas por ningún motivo, cualquiera que fuese el grado de dependencia reconocido.
B.Podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine en la convocatoria por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados.Correcta
C.Podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine en la convocatoria, únicamente por motivos de dependencia personal, que deberán ser debidamente acreditados.
D.No podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de plazas salvo que el grado de dependencia acreditado supere el 33% y se haya recogido en la convocatoria.
La respuesta correcta es la B porque reproduce fielmente el contenido del artículo 9 del Real Decreto 2271/2004. Esta norma permite que los aspirantes que han superado el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad soliciten una excepción a la regla general de adjudicación de destinos por orden de puntuación. Para ello, deben concurrir motivos específicos y acreditados que dificulten su desempeño o autonomía en destinos alejados o de difícil acceso.
Tal y como establece el citado precepto, los interesados «podrán solicitar al órgano convocante la alteración del orden de prelación para la elección de las plazas dentro del ámbito territorial que se determine en la convocatoria, por motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser debidamente acreditados.» El órgano competente solo autorizará la modificación mínima necesaria para garantizar que el funcionario pueda acceder a un puesto compatible con sus necesidades.
Las restantes opciones son incorrectas por los siguientes motivos: la opción A niega la posibilidad de alteración; la opción C restringe erróneamente los motivos únicamente a la dependencia personal, omitiendo las dificultades de desplazamiento; y la opción D introduce un requisito de grado de discapacidad superior al 33% para este trámite específico que no figura en el texto legal.
- Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, artículo 9.
004Según el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en caso de que sea preciso realizar la adaptación de un puesto de trabajo adjudicado a un empleado con discapacidad tras un proceso de selección o provisión, ¿quién deberá financiar dicha adaptación?
A.El trabajador, debiendo contemplarse la compensación de esos gastos en el Plan de Acción Social.
B.El Ministerio que tenga la competencia en materia de servicios sociales.
C.Nadie, ya que una condición para realizar la adaptación es que no genere coste.
D.El Ministerio u organismo al que esté adscrito el puesto de trabajo.Correcta
La respuesta correcta es la D, ya que la normativa vigente atribuye la responsabilidad económica y de gestión de las adaptaciones al departamento ministerial u organismo público donde se encuentre el puesto de trabajo que va a ser ocupado por la persona con discapacidad.
Esta obligación es una manifestación del deber de las Administraciones Públicas de adoptar las medidas precisas para realizar los "ajustes razonables" en el puesto de trabajo, tal y como establece con carácter general el artículo 59.2 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). El Real Decreto 2271/2004 concreta esta obligación especificando que el coste no debe recaer sobre el trabajador ni sobre un fondo común externo, sino sobre el presupuesto del propio organismo empleador.
Por tanto, las opciones A, B y C son incorrectas porque:
- El trabajador nunca debe financiar los medios necesarios para su desempeño profesional (A).
- La competencia no es centralizada en un único Ministerio de servicios sociales, sino distribuida según la adscripción del puesto (B).
- La ley no condiciona la adaptación a la ausencia de coste, sino a la compatibilidad con las funciones del puesto (C).
- [Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, artículo 10.2]: «El ministerio u organismo al que esté adscrito el puesto de trabajo será el encargado de la valoración, la realización y la financiación de las adaptaciones necesarias para la incorporación del empleado discapacitado, sin perjuicio de las subvenciones u otro tipo de ayudas que se puedan aplicar a esta finalidad.»
005De conformidad con el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, los centros especiales de empleo serán aquellos cuya plantilla esté constituida en todo caso:
A.Por el 60 por ciento de plantilla con personas trabajadoras con discapacidad.
B.Por el 80 por ciento de plantilla con personas trabajadoras con discapacidad.
C.Por el 70 por ciento de plantilla con personas trabajadoras con discapacidad.Correcta
D.Por el 55 por ciento de plantilla con personas trabajadoras con discapacidad.
La respuesta correcta es la C porque el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social establece un umbral mínimo imperativo para la composición de la plantilla de estos centros. Según la norma, el objetivo es maximizar la presencia de trabajadores con discapacidad, fijando un límite mínimo del 70 por ciento.
Es importante destacar que, para el cómputo de este porcentaje, la ley excluye explícitamente al personal sin discapacidad que se dedica a los servicios de ajuste personal y social (unidades de apoyo). Estos servicios son los destinados a ayudar a superar barreras en la incorporación, permanencia y progresión en el puesto de trabajo, así como a la inclusión social, cultural y deportiva.
Por tanto, cualquier centro que no alcance este 70 por ciento de personas trabajadoras con discapacidad en su plantilla (calculado sobre el personal dedicado a la actividad productiva) no podrá ostentar la calificación de Centro Especial de Empleo de acuerdo con la normativa vigente.
- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, artículo 43.2: «La plantilla de los centros especiales de empleo estará constituida por el mayor número de personas trabajadoras con discapacidad que permita la naturaleza del proceso productivo y, en todo caso, por el 70 por 100 de aquélla.»
006Según el artículo 42 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, serán trabajadores con discapacidad:
A.El 7 por 100.
B.El 5 por 100.
C.El 2 por 100.
D.El 3 por 100.
Accede gratis para ver la respuesta correcta y la explicación.Crear cuenta gratis →007Señale la afirmación correcta sobre las pruebas selectivas de acceso de las personas con discapacidad al empleo público:
A.Las adaptaciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, se otorgarán de forma automática cuando sean solicitadas por los aspirantes.
B.Las pruebas selectivas tendrán distinto contenido y grado de evaluación para los aspirantes, según el turno por el que se opte, sin perjuicio de las adaptaciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
C.Las pruebas selectivas tendrán idéntico contenido para todos los aspirantes, independientemente del turno por el que se opte, sin perjuicio de las adaptaciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.
D.Las adaptaciones previstas en el artículo 8 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, se otorgarán de manera automática únicamente a los aspirantes que opten por el turno de cupo de reserva.
Accede gratis para ver la respuesta correcta y la explicación.Crear cuenta gratis →008En los términos del artículo 61.6 del TREBEP, ¿cuándo podrá aplicarse como sistema selectivo de funcionarios de carrera, con carácter excepcional, el sistema de concurso consistente únicamente en la valoración de méritos?
A.Sólo en virtud de lo que establezca al efecto la Oferta de Empleo Público anual y, en su desarrollo, la convocatoria correspondiente.
B.Sólo en virtud de lo que establezca al efecto la convocatoria correspondiente.
C.Sólo en virtud de las disposiciones al efecto de la Oferta de Empleo Público correspondiente.
D.Sólo en virtud de ley.
Accede gratis para ver la respuesta correcta y la explicación.Crear cuenta gratis →009En relación con el acceso al empleo y provisión de personas con discapacidad, señale la respuesta INCORRECTA:
A.Se pueden realizar convocatorias independientes para este tipo de personas.
B.Se puede alterar el orden de prelación en la selección de puestos.
C.Se puede ampliar el tiempo de realización de un ejercicio a una persona con discapacidad.
D.Cabe eximir la realización de pruebas en el acceso al empleo a aquellos aspirantes con discapacidad cuando esta impida de manera efectiva e inequívoca su realización.
Accede gratis para ver la respuesta correcta y la explicación.Crear cuenta gratis →010De acuerdo a lo regulado en la normativa de gestión de personal aplicable a la Administración del Estado, en relación a las personas con discapacidad en las Ofertas de Empleo Público:
A.Se reservará un cupo no inferior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad. De dicho porcentaje, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo será para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.
B.Se reservará un cupo no inferior al diez por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad. De dicho porcentaje, al menos, el dos por ciento de las plazas ofertadas lo será para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.
C.Se reservará un cupo no superior al siete por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad. De dicho porcentaje, al menos, el cuatro por ciento de las plazas ofertadas lo será para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.
D.Se reservará un cupo superior al cinco por ciento de las vacantes para ser cubiertas entre personas con discapacidad. De dicho porcentaje, al menos, el uno por ciento de las plazas ofertadas lo será para ser cubiertas por personas que acrediten discapacidad intelectual y el resto para personas que acrediten cualquier otro tipo de discapacidad.
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